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Beneficiario Controlador

¿ Que cambia con la Reforma ?Implicación práctica para Notarios¿ Cómo lo resuelve el CRAV ?
Se agrega la obligatoriedad de identificar al beneficiario controlador en todas las personas morales, incluso si no realizan actividades vulnerables.
Debe haber registro de esta información en un sistema electrónico.
Los notarios deberán exigir y verificar más documentación de los clientes que son personas morales para determinar quién es beneficiario controlador. Así como asegurarse de que dicho beneficiario esté registrado adecuadamente, y conservar evidencia documental.Basado en algoritmos discretos, el sistema permite identificar al Beneficiario Controlador de cada Operación Vulnerable que se registra y almacenar la información del mismo de manera segura.